Licencia GPL
Lo que importa de las
licencias GPL, es el destino “final” que tendrán los programas con este tipo de
licencia, ya que la decisión inicial es la decisión final. Si decides publicar
tu programa con los términos de la licencia GPL, este será su destino, ya que
no habrá modo alguno de querer cambiar de licencia, ni mucho menos de querer
volverlo privativo (cerrar el código del programa).
1. Se puede copiar,
regalar o vender a terceros el software, sin tener
1. la “obligación” de
pagar por ello.
2. El software modificado
no debe tener costo por la licencia.
3. Tiene que incluir el
código fuente.
4. Un programa con
licencia GPL que ha sido modificado automáticamente es publicado con licencia
GPL.
Sobre el primer punto, no
confundamos libertad con gratuidad, el hecho de que se llame software libre se
refiere a la libertad de liberar el programa con el código fuente. Esta
confusión radica en que la palabra inglesa “free” tiene doble significado:
libre y gratis, la FSF hace hincapié en ese sentido. Sobre el último punto, en
algún momento creo haber escuchado o leído por algún medio que la única forma
de poder renunciar a la licencia GPL es que absolutamente todos los
desarrolladores de aquel programa estén de acuerdo, pues creo que es un
absurdo, tal vez es la única libertad que el software libre deja de lado, pero
es para el bien de la comunidad del software libre, imagínense como sería el
desarrollo de ciertos programas si llega un momento en el que decide no ser mas
GPL y cerrar su código, o si es que el mismo diablo personificado decide comprar
sus derechos de GPL, para continuar su desarrollo secretamente, seria una
verdadera pérdida de tiempo haber estado realizando un programa con licencia
GPL para luego iniciar un proyecto desde cero teniendo el código libre para
mejorarlo. En mi humilde opinión diría que gracias al software libre
podemos compartir conocimientos para lograr desarrollos rápidos y de calidad, y
también la importancia radica en evitar la formación de grandes monopolios de
software’s privativos, aunque hay un caso en particular que se ha cuajado de
lleno en este rango.
Licencia LGPL
LGPL es una licencia que
es prácticamente igual a la GPL, pero permite que software‘s con esta licencia
estén integrado en software’s privativos. La biblioteca C de Linux posee este
tipo de licencia, imagínense por un momento que pasaría si solo fuera GPL?,
inevitablemente solo se podrían crear aplicaciones para Linux u otros sistemas
que manejen la filosofía de software libre, pero como es LGPL, está adaptada
para poder crear también aplicaciones privativas.
Licencia BSD
A diferencia de la
licencia GPL que obliga a incluir el código fuente en sus liberaciones siendo
imposible cambiarla, la licencia BSD respeta las libertades del software libre
excepto la de poder modificar el tipo de licencia, por lo tanto no pertenece al
rango del software libre, pero mantiene una estrecha relación con la GPL. El
punto más controversial de la licencia BSD, es que tu tienes la libertad de
poder cambiar tu licenciamiento cuando quieras, si quieres puedes convertir en
privativo tus programas bajo la modalidad BSD. Por lo demás tiene las mismas
libertades que la GPL, Se puede copiar,
regalar o vender a terceros el software, puedes cobrarlo o no, es decir, eres
absolutamente libre para elegir que quieres hacer o no.
Licencia MPL
La licencia MPL (Mozilla
Public License), o Licencia Pública de Mozilla, tiene unas características
similares a las de las licencias BSD que ya conocemos, pero siendo menos
permisiva (aún sin situarse al nivel de la GNU GPL, para la que emplear un
código GPL requiere que el desarrollo final esté licenciado GPL).
SÍMBOLOS DE COPYRIGHT, COPYLEFT Y DOMINIO PUBLICO
Películas españolas de
Dominio publico.
En el siguiente enlace podremos ver algunas películas españolas de dominio publico.
Según la legislación
internacional y la española, las películas pasan al dominio público cuando
pasan 70 años desde el fallecimiento del autor, o 70 años desde su divulgación
si la obra es anónima.
Esto significa que
cualquiera puede reproducir, distribuir y comunicar públicamente estas
películas sin peligro de cometer un ilícito civil o penal y sin obligación
ninguna de pagar a las entidades de gestión de derechos de autor.
Musica de "Dominio Publico"
Es Facebook código abierto.
Facebook es de codigo abierto.